Índice
Artículo 1 - Definiciones
Artículo 2 - Identidad del empresario
Artículo 3 - Ámbito de aplicación
Artículo 4 - La oferta
Artículo 5 - El contrato
Artículo 6 - Derecho de desistimiento
Artículo 7 - Gastos en caso de desistimiento
Artículo 8 - Exclusión del derecho de desistimiento
Artículo 9 - El precio
Artículo 10 - Conformidad y garantía
Artículo 11 - Entrega y ejecución
Artículo 12 - Contratos de duración determinada: duración, rescisión y prórroga
Artículo 13 - Pago
Artículo 14 - Procedimiento de reclamaciones
Artículo 15 - Controversias
Artículo 16 - Disposiciones complementarias o derogatorias
Artículo 1 - Definiciones
A efectos de las presentes condiciones, se entiende por:
- Plazo de reflexión:el plazo durante el cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;Más informaciónsobre el plazo de reflexión
- Consumidor:la persona física que no actúa en el ejercicio de su actividad profesional o empresarial y que celebra un contrato a distancia con el empresario;
- Día:día natural;
- Transacción a largo plazo:un contrato a distancia relativo a una serie de productos y/o servicios, cuya obligación de entrega y/o adquisición se distribuye a lo largo del tiempo;
- Soporte duradero:cualquier medio que permita al consumidor o al empresario almacenar información que le esté dirigida personalmente, de forma que sea posible su consulta futura y la reproducción sin modificaciones de la información almacenada.
- Derecho de desistimiento:la posibilidad de que el consumidor renuncie al contrato a distancia dentro del plazo de reflexión;
- Formulario modelo:el formulario modelo de desistimiento que pone a disposición el empresario y que el consumidor puede cumplimentar cuando desee ejercer su derecho de desistimiento.
- Empresario:la persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a distancia a los consumidores;
- Contrato a distancia:un contrato en el que, en el marco de un sistema organizado por el empresario para la venta a distancia de productos y/o servicios, se recurre exclusivamente a una o varias técnicas de comunicación a distancia hasta la celebración del contrato;
- Técnica de comunicación a distancia:medio que puede utilizarse para celebrar un contrato sin que el consumidor y el empresario se encuentren simultáneamente en el mismo lugar.
- Condiciones generales:las presentes Condiciones generales del empresario.
Artículo 2 - Identidad del empresario
Monge Benelux BV
Panningen
5981 PA Ninnesweg 51
Países Bajos
T:(316) 519-5517
E:[email protected]
Registro Mercantil:90398629
N.º de IVA: NL865301505B01
Artículo 3 - Ámbito de aplicación
- Las presentes condiciones generales se aplican a toda oferta del empresario, así como a todo contrato a distancia celebrado y a todos los pedidos entre el empresario y el consumidor.
- Antes de la celebración del contrato a distancia, se pondrá a disposición del consumidor el texto de las presentes condiciones generales. Si ello no fuera razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia se indicará que las condiciones generales pueden consultarse en las oficinas del empresario y que, a petición del consumidor, se le enviarán lo antes posible y de forma gratuita.
- Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, no obstante lo dispuesto en el párrafo anterior y antes de la celebración del contrato a distancia, el texto de las presentes condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica, de tal manera que este pueda almacenarlo fácilmente en un soporte de datos duradero. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia se indicará dónde pueden consultarse las condiciones generales por vía electrónica y que, a petición del consumidor, se le enviarán sin coste alguno por vía electrónica o por cualquier otro medio.
- En caso de que, además de las presentes condiciones generales, sean de aplicación condiciones específicas relativas a productos o servicios, se aplicarán por analogía los apartados segundo y tercero, y el consumidor podrá invocar en todo momento, en caso de contradicción entre las condiciones generales, la disposición aplicable que le resulte más favorable.
- Si una o varias disposiciones de las presentes condiciones generales resultaran nulas o fueran anuladas, total o parcialmente, en cualquier momento, el contrato y las presentes condiciones seguirán vigentes en lo demás, y la disposición en cuestión se sustituirá sin demora, de común acuerdo, por otra que se aproxime lo más posible al sentido de la original.
- Las situaciones que no estén reguladas en las presentes condiciones generales deberán evaluarse «según el espíritu» de las mismas.
- Cualquier ambigüedad sobre la interpretación o el contenido de una o varias disposiciones de nuestras condiciones deberá interpretarse «según el espíritu» de las presentes condiciones generales.
Artículo 4 - La oferta
- Si una oferta tiene una vigencia limitada o está sujeta a condiciones, ello se indicará expresamente en la oferta.
- La oferta no es vinculante. El empresario tiene derecho a modificar y adaptar la oferta.
- La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada como para permitir al consumidor evaluar adecuadamente la oferta. Si el empresario utiliza imágenes, estas son una representación fiel de los productos y/o servicios ofrecidos. Los errores manifiestos o las equivocaciones evidentes en la oferta no vinculan al empresario.
- Todas las imágenes y especificaciones que figuran en la oferta son orientativas y no pueden dar lugar a indemnización por daños y perjuicios ni a la resolución del contrato.
- Las imágenes de los productos son una representación fiel de los productos ofrecidos. El empresario no puede garantizar que los colores mostrados coincidan exactamente con los colores reales de los productos.
- Cada oferta contiene información suficiente para que el consumidor tenga claro cuáles son los derechos y obligaciones que conlleva la aceptación de la misma. Esto se refiere, en particular, a:
- el precio, impuestos incluidos;
- los posibles gastos de envío;
- la forma en que se formalizará el contrato y los trámites necesarios para ello;
- la aplicabilidad o no del derecho de desistimiento;
- la forma de pago, entrega y ejecución del contrato;
- el plazo para la aceptación de la oferta, o bien el plazo durante el cual el empresario garantiza el precio;
- el importe de la tarifa de comunicación a distancia, si los costes del uso de la tecnología de comunicación a distancia se calculan sobre una base distinta de la tarifa básica habitual del medio de comunicación utilizado;
- si el contrato se archiva tras su celebración y, en caso afirmativo, cómo puede consultarlo el consumidor;
- la forma en que el consumidor, antes de celebrar el contrato, puede comprobar los datos facilitados por él en el marco del contrato y, si lo desea, rectificarlos;
- los demás idiomas, si los hubiera, en los que, además del neerlandés, pueda celebrarse el contrato;
- los códigos de conducta a los que se ha sometido el empresario y la forma en que el consumidor puede consultarlos por vía electrónica; y la duración mínima del contrato a distancia en caso de que se trate de una operación de duración determinada.
Artículo 5 - El contrato
- El contrato se perfeccionará, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, en el momento en que el consumidor acepte la oferta y cumpla las condiciones establecidas en la misma.
- Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará sin demora, también por vía electrónica, la recepción de la aceptación de la oferta. Mientras el empresario no haya confirmado el contrato mediante dicha aceptación, el consumidor podrá rescindir el contrato.
- Si el contrato se celebra por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la seguridad de la transmisión electrónica de datos y velará por un entorno web seguro. Si el consumidor puede realizar el pago por vía electrónica, el empresario observará las medidas de seguridad adecuadas a tal efecto.
- El empresario podrá —dentro de los límites legales— informarse de si el consumidor puede cumplir con sus obligaciones de pago, así como de todos aquellos hechos y factores que sean relevantes para la celebración responsable del contrato a distancia. Si, sobre la base de esta investigación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, tendrá derecho a rechazar un pedido o una solicitud, indicando los motivos, o a someter su ejecución a condiciones especiales.
- El empresario facilitará al consumidor, junto con el producto o servicio, la siguiente información, por escrito o de tal forma que el consumidor pueda almacenarla de manera accesible en un soporte de datos duradero:
- la dirección de visita del establecimiento del empresario donde el consumidor pueda presentar sus reclamaciones;
- las condiciones y la forma en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o bien una indicación clara de que dicho derecho queda excluido;
- la información sobre las garantías y el servicio posventa existente;
- los datos recogidos en el artículo 4, apartado 3, de las presentes condiciones, salvo que el empresario ya haya facilitado dichos datos al consumidor antes de la ejecución del contrato;
- los requisitos para la rescisión del contrato si este tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida.
- En caso de un contrato de duración determinada, la disposición del apartado anterior solo se aplicará a la primera entrega.
- Todo contrato se celebra bajo la condición suspensiva de que exista disponibilidad suficiente de los productos en cuestión.
Artículo 6 - Derecho de desistimiento
En el caso de la entrega de productos:
- Al adquirir productos, el consumidor tiene la posibilidad de rescindir el contrato sin necesidad de indicar los motivos durante un plazo de 14 días. Este plazo de reflexión comienza el día siguiente a la recepción del producto por parte del consumidor o de un representante designado previamente por el consumidor y comunicado al empresario.
- Durante el plazo de reflexión, el consumidor tratará el producto y el embalaje con cuidado. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida en que sea necesario para poder evaluar si desea quedárselo. Si ejerce su derecho de desistimiento, devolverá el producto al empresario junto con todos los accesorios suministrados y, si es razonablemente posible, en su estado y embalaje originales, de conformidad con las instrucciones razonables y claras facilitadas por el empresario.
- Si el consumidor desea ejercer su derecho de desistimiento, está obligado a comunicárselo al empresario en un plazo de 14 días a partir de la recepción del producto. El consumidor deberá realizar dicha notificación mediante el formulario modelo o a través de otro medio de comunicación, como el correo electrónico. Una vez que el consumidor haya notificado su intención de ejercer su derecho de desistimiento, deberá devolver el producto en un plazo de 14 días. El consumidor deberá demostrar que los productos entregados se han devuelto a tiempo, por ejemplo, mediante un comprobante de envío.
- Si, una vez transcurridos los plazos mencionados en los apartados 2 y 3, el cliente no ha comunicado su intención de ejercer su derecho de desistimiento o no ha devuelto el producto al empresario, la compra se considerará definitiva.
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Si ejerce su derecho de desistimiento, deberá devolver al empresario el producto con todos los accesorios entregados y, si es razonablemente posible, en su estado y embalaje originales.
Si el producto estuviera dañado o el embalaje presentara daños mayores de los necesarios para probar el producto, podremos repercutirle esta pérdida de valor del producto. Por lo tanto, maneje el producto con cuidado y asegúrese de que esté bien embalado en caso de devolución.
En el caso de la prestación de servicios:
- En el caso de la prestación de servicios, el consumidor tiene la posibilidad de rescindir el contrato sin necesidad de indicar los motivos durante un plazo mínimo de 14 días, a partir del día de la celebración del contrato.
- Para ejercer su derecho de desistimiento, el consumidor deberá seguir las instrucciones razonables y claras facilitadas por el empresario al realizar la oferta y/o, a más tardar, en el momento de la entrega.
Artículo 7 - Gastos en caso de desistimiento
- Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, deberá asumir, como máximo, los gastos de devolución.
- Si el consumidor ha abonado algún importe, el empresario le reembolsará dicho importe lo antes posible, y a más tardar en un plazo de 14 días tras la desistimiento. No obstante, ello estará supeditado a que el comerciante en línea ya haya recibido el producto o a que se pueda presentar una prueba fehaciente de que se ha devuelto la totalidad del mismo. El reembolso se realizará a través del mismo método de pago utilizado por el consumidor, salvo que este dé su consentimiento expreso para utilizar otro método de pago.
- En caso de que el producto resulte dañado por un manejo descuidado por parte del propio consumidor, este será responsable de la posible pérdida de valor del producto.
- No se podrá responsabilizar al consumidor de la pérdida de valor del producto cuando el comerciante no haya facilitado toda la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento; dicha información deberá facilitarse antes de la celebración del contrato de compraventa.
Artículo 8 - Exclusión del derecho de desistimiento
- El empresario podrá excluir el derecho de desistimiento del consumidor para los productos descritos en los apartados 2 y 3. La exclusión del derecho de desistimiento solo será válida si el empresario lo ha indicado claramente en la oferta, al menos con la debida antelación antes de la celebración del contrato.
- La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible para los productos:
- que el empresario haya fabricado de acuerdo con las especificaciones del consumidor;
- que tengan un carácter claramente personal;
- que, por su naturaleza, no puedan devolverse;
- que puedan deteriorarse o caducar rápidamente;
- cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tenga influencia;
- periódicos y revistas sueltos;
- grabaciones de audio y vídeo y programas informáticos cuyo precinto haya sido roto por el consumidor;
- productos de higiene cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.
- La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible en el caso de los servicios:
- relacionados con el alojamiento, el transporte, la restauración o las actividades de ocio que deban prestarse en una fecha determinada o durante un período determinado;
- cuya prestación haya comenzado con el consentimiento expreso del consumidor antes de que haya expirado el plazo de reflexión;
- relacionados con apuestas y loterías.
Artículo 9 - El precio
- Durante el plazo de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo en caso de variaciones de precio debidas a cambios en los tipos del IVA.
- No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el empresario podrá ofrecer a precios variables aquellos productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones en el mercado financiero y sobre los que el empresario no tenga influencia alguna. Esta dependencia de las fluctuaciones y el hecho de que los precios indicados sean orientativos se indicarán en la oferta.
- Los aumentos de precio en los tres meses siguientes a la celebración del contrato solo se permiten si son consecuencia de normativas o disposiciones legales.
- Los aumentos de precio a partir de los tres meses siguientes a la celebración del contrato solo se permiten si el empresario lo ha estipulado y:
- estas sean consecuencia de normativas o disposiciones legales; o
- el consumidor tenga la facultad de rescindir el contrato a partir del día en que entre en vigor el aumento de precio.
- Los precios indicados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.
- Todos los precios están sujetos a errores de impresión y tipográficos. No se asume ninguna responsabilidad por las consecuencias de los errores de impresión y tipográficos. En caso de errores de impresión y tipográficos, el empresario no está obligado a entregar el producto al precio erróneo.
Artículo 10 - Conformidad y garantía
- El empresario garantiza que los productos y/o servicios se ajustan al contrato, a las especificaciones indicadas en la oferta, a los requisitos razonables de calidad y/o aptitud para el uso, y a las disposiciones legales y/o normativas oficiales vigentes en la fecha de celebración del contrato. Si así se ha acordado, el empresario garantiza asimismo que el producto es apto para un uso distinto del habitual.
- Cualquier garantía otorgada por el empresario, el fabricante o el importador no menoscaba los derechos legales ni las reclamaciones que el consumidor pueda hacer valer frente al empresario en virtud del contrato.
- Los posibles defectos o productos entregados erróneamente deberán notificarse por escrito al empresario en un plazo de 2 meses a partir del descubrimiento del defecto.
- El plazo de garantía del empresario coincide con el plazo de garantía del fabricante. No obstante, el empresario no se hace responsable en ningún caso de la idoneidad final de los productos para cada aplicación individual por parte del consumidor, ni de los posibles consejos relativos al uso o la aplicación de los productos.
- La garantía no se aplicará si:
- el consumidor haya reparado y/o modificado por sí mismo los productos entregados, o haya encargado a terceros su reparación y/o modificación;
- los productos entregados se hayan expuesto a condiciones anormales o se hayan manipulado de forma descuidada, o se hayan tratado de forma contraria a las instrucciones del empresario y/o a las indicadas en el embalaje;
- el defecto se deba, total o parcialmente, a normas que las autoridades hayan establecido o vayan a establecer en relación con la naturaleza o la calidad de los materiales utilizados.
Artículo 11 - Entrega y ejecución
- El empresario actuará con la mayor diligencia posible en la recepción y la ejecución de los pedidos de productos, así como en la evaluación de las solicitudes de prestación de servicios.
- Se considerará lugar de entrega la dirección que el consumidor haya facilitado a la empresa.
- Sin perjuicio de lo dispuesto al respecto en el apartado 4 del presente artículo, la empresa ejecutará los pedidos aceptados con la debida diligencia, pero a más tardar en un plazo de 30 días, salvo que el consumidor haya aceptado un plazo de entrega más largo. Si la entrega se retrasa, o si un pedido no puede ejecutarse o solo puede ejecutarse parcialmente, el consumidor recibirá una notificación al respecto a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En ese caso, el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato sin coste alguno. El consumidor no tiene derecho a indemnización por daños y perjuicios.
- Todos los plazos de entrega son orientativos. El consumidor no puede derivar ningún derecho de los plazos que se indiquen. El incumplimiento de un plazo no da derecho al consumidor a una indemnización por daños y perjuicios.
- En caso de rescisión de conformidad con el apartado 3 del presente artículo, el empresario reembolsará el importe pagado por el consumidor lo antes posible, y a más tardar en un plazo de 14 días a partir de la rescisión.
- Si resultara imposible la entrega de un producto solicitado, el empresario se esforzará por poner a disposición un artículo sustitutivo. A más tardar en el momento de la entrega, se indicará de forma clara y comprensible que se está entregando un artículo sustitutivo. En el caso de los artículos sustitutivos, no se puede excluir el derecho de desistimiento. Los gastos de una eventual devolución correrán a cargo del empresario.
- El riesgo de daños y/o pérdida de los productos recae en el empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante designado previamente y comunicado al empresario, salvo que se haya acordado expresamente lo contrario.
Artículo 12 - Contratos de duración determinada: duración, rescisión y prórroga
Rescisión
- El consumidor podrá rescindir en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido y destinado al suministro periódico de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las normas de rescisión acordadas a tal efecto y un plazo de preaviso de, como máximo, un mes.
- El consumidor podrá rescindir en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo determinado y que tenga por objeto el suministro periódico de productos (incluida la electricidad) o servicios, con efecto al término del plazo fijado, respetando las normas de rescisión acordadas al efecto y un plazo de preaviso de un mes como máximo.
- El consumidor podrá rescindir los contratos mencionados en los apartados anteriores:
- rescindirlos en cualquier momento, sin estar limitado a hacerlo en un momento concreto o durante un período determinado;
- rescindirlos, como mínimo, de la misma forma en que los suscribió;
- rescindirlos siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario se haya reservado para sí mismo.
Prórroga
- Un contrato celebrado por un plazo determinado y que tenga por objeto el suministro periódico de productos (incluida la electricidad) o servicios no podrá prorrogarse ni renovarse tácitamente por un plazo determinado.
- No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, un contrato celebrado por un plazo determinado y destinado al suministro periódico de periódicos diarios, de actualidad y semanales, así como de revistas, podrá prorrogarse tácitamente por un plazo determinado de hasta tres meses, siempre que el consumidor pueda rescindir dicho contrato prorrogado al término de la prórroga con un plazo de preaviso de, como máximo, un mes.
- Un contrato celebrado por un plazo determinado y que tenga por objeto el suministro periódico de productos o servicios solo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindirlo en cualquier momento con un plazo de preaviso de, como máximo, un mes, y con un plazo de preaviso de, como máximo, tres meses en caso de que el contrato tenga por objeto el suministro periódico, pero con una frecuencia inferior a una vez al mes, suministro periódico de periódicos, diarios y revistas semanales y de otra índole.
- Un contrato de duración determinada para el suministro periódico a modo de prueba de periódicos, revistas de actualidad, semanarios y revistas (suscripción de prueba o de familiarización) no se prorroga tácitamente y finaliza automáticamente al término del período de prueba o de familiarización.
Duración
- Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá rescindirlo en cualquier momento tras un año, con un plazo de preaviso de un mes como máximo, salvo que la razón y la equidad se opongan a la rescisión antes de que finalice la duración acordada.
Artículo 13 - Pago
- Salvo que se acuerde lo contrario, los importes adeudados por el consumidor deberán abonarse en un plazo de 7 días laborables a partir del inicio del plazo de reflexión a que se refiere el artículo 6, apartado 1. En el caso de un contrato de prestación de servicios, dicho plazo comenzará a contar una vez que el consumidor haya recibido la confirmación del contrato.
- El consumidor tiene la obligación de comunicar sin demora al empresario cualquier inexactitud en los datos de pago facilitados o indicados.
- En caso de impago por parte del consumidor, el empresario tendrá derecho, salvo las limitaciones legales, a cobrar los gastos razonables que se le hayan comunicado previamente al consumidor.
Artículo 14 - Procedimiento de reclamaciones
- El empresario dispone de un procedimiento de reclamaciones debidamente dado a conocer y tramita la reclamación de conformidad con dicho procedimiento.
- Las reclamaciones relativas a la ejecución del contrato deberán presentarse ante el empresario en un plazo de dos meses, una vez que el consumidor haya constatado los defectos, y deberán estar descritas de forma completa y clara.
- Las reclamaciones presentadas al empresario se responderán en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción. Si una reclamación requiere un tiempo de tramitación previsiblemente más largo, el empresario responderá en el plazo de 14 días con un acuse de recibo y una indicación de cuándo puede el consumidor esperar una respuesta más detallada.
- Si la reclamación no puede resolverse de mutuo acuerdo, se producirá un litigio sujeto al procedimiento de resolución de litigios.
- En caso de reclamaciones, el consumidor deberá dirigirse en primer lugar al empresario. Si la tienda online está afiliada a la Fundación WebwinkelKeur y las reclamaciones no pueden resolverse de mutuo acuerdo, el consumidor deberá dirigirse a la Fundación WebwinkelKeur (www.webwinkelkeur.nl), que actuará como mediador de forma gratuita. Comprueba si esta tienda online tiene una afiliación vigente enhttps://www.webwinkelkeur.nl/ledenlijst/. Si aún así no se llegara a una solución, el consumidor tiene la posibilidad de que su reclamación sea tramitada por la comisión de litigios independiente designada por la Fundación WebwinkelKeur; su resolución es vinculante y tanto el comerciante como el consumidor aceptan dicha resolución vinculante. La presentación de un litigio ante esta comisión conlleva unos gastos que el consumidor deberá abonar a la comisión en cuestión. Asimismo, es posible presentar reclamaciones a través de la plataforma europea de resolución de litigios en línea (ODR)(http://ec.europa.eu/odr).
- Una reclamación no suspende las obligaciones del empresario, salvo que este indique lo contrario por escrito.
- Si el empresario considera que la reclamación está justificada, sustituirá o reparará los productos entregados sin coste alguno, a su elección.
Artículo 15 - Litigios
- A los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se refieren las presentes condiciones generales se les aplica exclusivamente la legislación neerlandesa. Esto se aplica incluso si el consumidor reside en el extranjero.
- No se aplicará la Convención de Viena sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
Artículo 16 - Disposiciones complementarias o divergentes
Las disposiciones complementarias o que se aparten de las presentes condiciones generales no podrán ir en detrimento del consumidor y deberán consignarse por escrito o de tal manera que el consumidor pueda almacenarlas de forma accesible en un soporte de datos duradero.